La sentencia
también condena a Emilio Bellvis Martín y Manuel
Bellvis González cesar en la atribución pública
del invento de la fregona a Emilio Bellvis Montesano
La sentencia
número 196/2009 de la Audiencia Provincial de Zaragoza,
de fecha 1 de abril, ratifica otra sentencia previa de fecha
6 de noviembre de 2008 del Juzgado de lo Mercantil 1 de Zaragoza,
en cuyo fallo se declara textualmente "que el invento de
la fregona corresponde a Manuel Jalón Corominas en virtud
de la patente nº 298.240 y debo condenar a los demandados
a pasar por dicha declaración, cesando en la atribución
pública del invento de la fregona a Emilio Bellvis Montesano
o cualquier persona distinta del demandante".
Esta sentencia, por lo tanto, lo que definitivamente clarifica
es a quién se le debe considerar inventor de la "fregona",
atribuyéndoselo expresamente al "Sr. Jalón".
A esta conclusión llega la sentencia después de
comparar las reivindicaciones de la patente de invención
de Manuel Jalón y el modelo de utilidad de Emilio Bellvis.
Emilio Bellvis Montesano registró en 1960 un escurridor
como modelo de utilidad (nº 74.587), después de
que se lo denegaran como patente de invención. La única
novedad del modelo de utilidad que registró el Sr. Bellvis
Montesano fueron los resaltes que incorporó al escurridor
y no el escurridor en sí mismo, que ya existía.
Manuel Jalón ha mantenido siempre que su resultado fue
un fracaso y un retroceso industrial.
Precisamente, esta opinión de Manuel Jalón es
la que ahora también ratifica de forma contundente la
sentencia 196/2009 de la Audiencia Provincial de Zaragoza al
establecer en el artículo séptimo que "la
invención del Sr. Bellvis apenas se comercializó.
Tuvo escaso éxito, debido a su poca funcionalidad. Sobre
todo, por los resaltes del recipiente, que rompían el
mocho o bayeta".
La verdadera revolución, y por eso se le considera a
Manuel Jalón Corominas el inventor de la fregona, llegó
en 1964, fecha en la que Manuel Jalón presentó
el primer escurridor de una sola pieza de plástico con
muchas características que mejoraban radicalmente los
modelos de escurridores que existían hasta entonces.
Y esta innovación también la reconoce de forma
clara la sentencia de la Audiencia Provincial, que en su artículo
séptimo considera que "fue, por el contrario, el
invento del Sr. Jalón "el que obtuvo el reconocimiento
público. Precisamente en atención a su funcionalidad.
De tal manera que la asociación entre el concepto popular
de fregona (en realidad es un lavasuelos) y el modelo patentado
por el Sr. Jalón resulta inmediato y claro".
Para ratificar todavía más este argumento la sentencia
establece que "las testificales de los empleados y comerciales
de Rodex (empresa que comercializó la fregona) son contundentes".
Pero la sentencia considera especialmente clarificadora la opinión
del testigo, arquitecto especialista en diseño industrial,
Sr. Capella. "Según este experto -recoge expresamente
la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza- la invención
del Sr. Jalón no es de matiz sino que aporta una innovación
radical, de carácter técnico-ingenieril".
Y define claramente en qué consiste esta innovación:
"Material plástico, de una sola pieza, de tal forma
que la carcasa hace de viga y le da rigidez, con una pared delgada,
que con un mínimo de espesor da un máximo de resistencia.
La curvatura, el fleje... el conjunto. Se trata -afirma- de
un icono del diseño", concluye la sentencia.
Actuaciones
injustificables
A raíz de la publicación de esta sentencia, la
familia de Jalón Corominas también quiere manifestar
su "profunda decepción por la injustificable falta
de neutralidad del Gobierno de Aragón en este asunto,
una vez abierto el procedimiento judicial en noviembre de 2007".
Manuel Jalón Corominas es natural de Logroño y
aragonés de pleno derecho, después de más
de 50 años de residencia en Zaragoza y de ser nombrado
en 1992 hijo adoptivo de esta ciudad. Por esta razón,
la familia de Jalón Corominas considera que "es
especialmente doloroso que su labor industrial y creativa durante
más de 40 años -desde la fregona hasta las jeringuillas
y agujas desechables- sea en la actualidad ampliamente reconocida
fuera de Zaragoza y ninguneada por la administración
autonómica y la Cámara de Comercio local".
[NOTA. La
sentencia completa puede consultarse en www.fregona.es]