1ª Reflexión: está regulado por leyes preconstitucionales
Real Decreto-ley
17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo
y, aunque la
Constitución Española de 1978 lo contempla en el párrafo
2 de su artículo 28
Artículo
28.
2. Se reconoce
el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus
intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá
las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de
los servicios esenciales de la comunidad.
cabe pensar:
¿en 32 años de Constitución, nuestros
políticos no han tenido tiempo de pensar en legislar a este
respecto, o no les ha interesado hacerlo?
2ª Reflexión:
el sindicalismo decimonónico es asunto trasnochado, caduco,
que debería desaparecer
-dado que no existe actualmente
en España (ni en toda Europa) una clase obrera equiparable
a la oprimida y esclavizada por el patrón capitalista de
los albores de la revolución industrial
-dado que los sindicatos españoles mayoritarios se encuentran
apesebrados, son meras comparsas del poder político, gubernamental
o no, de sus partidos/castas/sectas:
PSOE, IU, y se limitan a mantener la partitocracia
y el estatus quo cuando les interesa (en los años
que llevamos en este país viendo desplomarse
la economía y el mercado laboral, los sindicatos no han
hecho sino fotografiarse sonrientes al lado del poder, con el poder
del gobierno, conteniendo a los trabajadores, evitando crisis, ignorando
la realidad, ocultando y maquillando cifras y datos reales en este
fantástico país de las maravillas en el que gobierna
un personaje mezcolanza surrealista de Alicia/Sombrerero Loco y
Reina de Corazones, y que ha perdido todo contacto con la
realidad, como un auténtico delirante mesiánico
)
no tiene sentido que las empresas/los ciudadanos mantengamos en
nómina a una caterva numerosísima de liberados sindicales,
que solo se cantean cuando se les mueve de la foto. No
representan a nadie, sino a si mismos, a sus propios intereses
de casta privilegiada por la sopa boba. En esta tierra de badanas,
han estado percibiendo cuantiosas subvenciones a cambio de mantener
las calles en calma
y decir que todo iba bien
-¿y ahora vienen a engañar al los trabajadores (ojo,
que lo somos todos, desde el director general de una corporación
hasta el policía local, el barrendero, el ejecutivo de banca,
o el asesor de seguros, la dependienta de una tienda
¿o
acaso el directivo no trabaja? ¿o solo son trabajadores
quienes tienen el placet de los sindicatos?, digo que vienen a camelarnos
a los que, de momento, nos libramos de figurar en las listas del
paro que ha engrosado el Gobierno con su inacción, su mirar
hacia otro lado, y su política de subvenciones y gasto (derroche),
de subida de impuestos (que no olvidemos, reducirá el consumo,
no lo incentivará, y esto repercutirá negativamente
en el mercado laboral, impidiendo la mejora de las cifras de empleo).
Por favor, que se dediquen a trabajar, y a colaborar en la recuperación
económica del país, y que dejen de incordiar, que
cuando debían haberlo hecho, no lo hicieron porque no les
convenía.
3ª Reflexión:
derecho a la huelga sí, pero también derecho a trabajar,
y a recibir los servicios mínimos
La constitución,
también recoge en su
Artículo
35.
1.
Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho
al trabajo,
y en su
Artículo
10.
1.
La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes,
el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a
los derechos de los demás son fundamento del orden político
y de la paz social.
Desde que los
sindicatos asumieron el control sectario de la rebelión de
la mano de obra (mano de obra física o intelectual) , no
ha dejado de haber ocasión en que los mal llamados piquetes
informativos no conculcaran el derecho de los ciudadanos
a los servicios mínimos y el derecho de los demás
trabajadores al trabajo, y a no secundar la huelga en ocasiones
impuesta de modo manipulatorio y demagógico. Derecho a la
huelga sí, pero respetando el derecho de los ciudadanos a
recibir su servicio, y el derecho de los trabajadores a no secundar
la huelga. Algo que nunca han querido entender los sindicatos, y
sobre todo sus piquetes, a los que habría de aplicarse la
ley en su máxima expresión, máxime cuando se
pone en riesgo la integridad física de las personas, se vulneran
derechos de otros, se cometen delitos, se atropella al ciudadano,
y se provocan graves u onerosos daños materiales a los bienes
privados y/o públicos.
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